La cesión de un caballo

Consejos

La cesión de caballos es una actividad comercial común y muy utilizada en la práctica ecuestre. En ella participan dos partes: una “principal” que sería el propietario legal del caballo y una “interesada”, un jinete o amazona, que desea adquirir la cesión del caballo.

Para que la cesión se lleve a cabo correctamente, el jinete o la amazona deberán hacerse responsables del animal en términos legales, lo que supone hacerse cargo de los gastos correspondientes al mantenimiento del caballo. Esto podrá hacerse de forma parcial o total, dependiendo del pacto alcanzado entre ambas partes.

También existe la cesión de un caballo a una entidad o empresa, como por ejemplo, la cesión de un pony a un colegio de primaria.

Creemos que ésta puede ser una opción interesante tanto para aquellas personas que deseen disfrutar de un caballo pero no tienen opción de compra, como para aquellos propietarios que necesiten descargarse de parte de los gastos que supone el cuidado de estos animales.

Esperamos que todo lo comentado resulte de ayuda para ambas partes.

RAZONES QUE MOTIVAN LA CESIÓN DEL CABALLO

Hoy en día existen diversas formas legales de adquirir o ceder un caballo, por supuesto, en cada caso será necesario buscar la forma que mejor se adecúe a las necesidades de ambas partes interesadas.
En el ámbito comercial un caballo es considerado un bien o propiedad, por lo tanto, además de poder comprarlo, se puede alquilar, ceder, heredar, vender… entre otras transacciones mercantiles.

En la decisión sobre vender un caballo o bien optar por una cesión, deberán tenerse en cuenta toda una serie de razones que motivarán una solución u otra. Dentro de los motivos a valorar consideramos los siguientes:

  • Falta de tiempo para montarlo: algo que suele ser más común en hípicas, al tener más caballos de los que pueden controlar y mantener sus rutinas, deciden ofrecerles en cesión para que otra persona pueda atender a sus necesidades y por supuesto, montar al caballo.
  • Compartir gastos: otro aspecto que también suele ser común, es el hecho de optar por compartir los gastos, siendo una forma de alivio económico para el propietario.
  • Conflictos de permanencia: en ocasiones, algunos propietarios deben ausentarse durante una temporada, por diversas razones. En este caso, optar por una cesión completa en un tiempo determinado es la mejor opción para que el caballo pueda tener sus necesidades cubiertas, seguir siendo montado y mantener su rutina.

TIPOS DE CESIONES

Antes de proceder a indicar los tipos de cesiones, es importante determinar que siempre existirá un único propietario en este tipo de contrato, el cual será el dueño del caballo. A menos, que el propietario decida venderlo y, en ese caso, hablamos de un contrato diferente: una venta, no una cesión.

En general, hablamos de dos tipos de cesión diferentes:

  • Cesión temporal: se estipula un tiempo específico establecido en el contrato, que puede variar de meses a años.
  • Cesión de por vida: consiste en un acuerdo en donde se establece la cesión del caballo hasta que éste fallezca. Conviene tener en cuenta que, a pesar del carácter “de por vida” del contrato, quien recibe la cesión no es ni será propietario de dicho caballo, excepto si el dueño decide realizar un contrato de compra-venta.

EL CONTRATO DE CESIÓN

Aunque parece una actividad muy sencilla, como todo contrato puede tener ciertas situaciones de conflicto, por lo tanto es recomendable informarse con personas capacitadas para determinar si el contrato de cesión contiene especificaciones claras y de acuerdo a lo pautado por ambas partes.

También es válida la negociación antes de formalizar el contrato, donde ambas partes indicarán sus intereses y requerimientos para poder pactar de forma equilibrada y llevar a cabo el contrato de cesión. Además, se debe de tener especial cuidado con las cláusulas y ciertos aspectos que deben de estar plasmados en el contrato, como son los siguientes:

  • Gastos de veterinario: comúnmente suelen correr por cuenta de quien recibe la cesión del caballo, así como también los gastos de pupilaje.
  • Indicaciones del propietario: en algunos casos, dependiendo del estado de salud del caballo, el propietario puede solicitar que sea atendido por un veterinario en específico. Así como también en el caso del herrador, sin embargo, mientras sea únicamente una indicación, no será obligatorio cumplirlo. Ahora bien, si resulta ser obligatorio por contrato, se debe de respetar dicha cláusula.
  • Rescindir del contrato: el propietario sin mediación alguna y en cualquier momento que para él sea oportuno, puede rescindir del contrato, siempre y cuando cumpla con los criterios y aspectos dispuestos en el contrato.
  • Incumplimiento del contrato: suele suceder por parte del propietario, comúnmente asociado con la venta del caballo. En este caso, se debe de ceñir a las cláusulas específicas que hacen referencia a las infracciones e incumplimientos del contrato. También forma parte del incumplimiento, la negativa a la devolución de un caballo tras la cesión. Independientemente del caso o incumplimiento que suceda, dependiendo de la naturaleza del mismo y de lo pactado en el contrato, se tendrá que asumir multas o penalidades, así como elevar la situación a instancias mayores.

LO MÁS RELEVANTE DE UN CONTRATO DE CESIÓN

Vamos a enfocar la cesión del caballo desde un punto de vista jurídico, en este sentido, se trata de un contrato de préstamo o comodato regulado en los artículos 1.740 y siguientes del Código Civil de España, en el que una de las partes (el propietario) entrega a la otra un caballo para que lo use por cierto tiempo y se lo devuelva posteriormente, finalizando el contrato de cesión.

En este sentido, quien recibe el caballo no debe de incurrir en la compra del animal, simplemente en su cuidado o en lo pactado.

Por otro lado, el propietario se desliga de la responsabilidad económica que requiere el caballo para su cuidado y mantenimiento. Los aspectos más relevantes a tener en cuenta frente a un contrato de cesión son los siguientes:

  1. En todo momento, el contrato debe de ser escrito. Por ende, se debe de plasmar en forma de cláusulas todas las condiciones pactadas y posibles supuestos futuros.
  2. Esencialmente, se debe de reflejar los derechos y obligaciones de la parte que recibe el caballo en cesión. Básicamente consistía en la monta, entrenamiento y disfrute del equino. También tendrá obligaciones dinerarias con respecto a su alimentación, mantenimiento y cuidados.
  3. Se debe de colocar las respectivas autorizaciones por parte del propietario hacia la parte receptora, como por ejemplo, la autorización para utilizar al caballo en carreras, doma, salto, entre otras actividades ecuestres.
  4. Con respecto al tiempo de la cesión, se puede indicar un plazo mínimo o inicial como primer contrato y posteriormente prorrogarlo de otra forma. Incluso, si ambas partes están de acuerdo, se puede estipular una prórroga automática.
  5. En el caso de realizar la cesión de tu caballo como propietario, es recomendable establecer la prohibición de la cesión del caballo a un tercero.

DUDAS FRECUENTES

Si tengo la cesión de un caballo, ¿soy responsable frente a los daños a terceros? O bien, ¿le corresponde al propietario?

Aunque el caballo tenga un propietario, la persona que lo recibe en cesión será en todo momento el responsable frente a daños a terceros, tal como lo señala el artículo 1905 del Código Civil Español. Para evitar cualquier tipo de situación relacionada con la naturaleza de este caso, lo más recomendable es adquirir un seguro de responsabilidad civil.

Entonces, ¿también debo de responder ante el ministerio relacionado con la salud del equino?

Correcto, por lo tanto, cualquier circunstancia en que incurra la parte que recibió la cesión en términos de cuidado y salud del caballo, será responsable y deberá afrontar las multas, sanciones o penalidades según considere el organismo público regulador de la actividad ecuestre, protección a los animales o el que corresponda de acuerdo al caso. Se recomienda estar al día con las vacunas en dado caso de necesitarlas, así como también el chequeo rutinario con el veterinario.

Finalizado el plazo del contrato, ¿qué puedo hacer si no me devuelven mi caballo?

Es un caso que puede suceder y por supuesto, ha sucedido. Se debe de tratar por los medios civiles de lograr la devolución. Sin embargo, los medios legales son la opción más recomendable. Se debe de dirigir al juzgado de su comunidad autónoma o entidad local, donde podrá formular la denuncia formal y proceder con los documentos que sean requeridos.

Publicado en: Hípica, Consejos

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