
Todo cazador está obligado a disponer de un Seguro Obligatorio que ofrezca una cobertura de
90.000 de euros por víctima, en caso de vernos involucrados en un accidente de caza. Así lo exige el Real
Decreto 6/94 y todos debemos cumplirlo.
Este tipo de seguro debe cubrir cualquier daño producido por un disparo involuntario del arma durante una jornada de caza; esto es mientras se desarrolla el ejercicio de la caza, en el tiempo de descanso y
dentro de los límites del terreno de caza, en tanto se esté practicando el ejercicio de la caza.